Hay un número que decide la carga administrativa de todo tu año y casi nadie lo está monitoreando: 35 millones de pesos. Debajo, respiras. Arriba, te caen la DIOT y la contabilidad electrónica — y no en enero: sobre el ejercicio que ya estás cursando.
Qué obligaciones se ahorran las personas morales en RESICO
Dos, y no son menores: la DIOT y la contabilidad electrónica. La Resolución Miscelánea Fiscal 2026 relevó de ambas a las personas morales en RESICO durante el ejercicio, con una condición que se lee rápido y se olvida más rápido todavía: que se mantengan en los supuestos del régimen y no rebasen los 35 millones de pesos de ingresos anuales.
Es un alivio real. La DIOT consume horas de captura cada mes y la contabilidad electrónica obliga a un formato de registro que muchas empresas medianas simplemente no tienen montado. Quitarlas del camino le devuelve tiempo a la operación.
El problema es que ese alivio está condicionado a un número. Y los números se mueven.
Qué pasa el día que rebasas el tope
Vuelven las dos obligaciones. Pero el golpe no es administrativo: es retroactivo en la práctica.
La contabilidad electrónica no es un reporte que se llena al final. Es un formato de registro contable que tiene que existir desde el primer asiento del ejercicio. Si rebasas los 35 millones en noviembre y hasta entonces te enteras, no tienes un pendiente de diciembre: tienes que reconstruir once meses de contabilidad en el formato que el SAT exige. Aquí explicamos exactamente qué archivos pide y con qué estructura.
Lo mismo con la DIOT: se alimenta del detalle de operaciones con proveedores, y ese detalle o lo capturaste durante el año o no existe.
El semáforo de mitad de año
Estamos en julio. Es el momento exacto para hacer la proyección, y toma menos de una tarde.
- Toma tus ingresos acumulados a junio y anualízalos de forma simple: multiplica por dos y ajusta por estacionalidad si tu negocio la tiene.
- Compara contra los 35 millones. Si vas debajo del 45% del tope, respira. Entre 45% y 60%, vigila mes a mes. Arriba del 60%, prepárate: vas a rebasar.
- Si vas a rebasar, empieza a registrar en formato electrónico desde ya — y reconstruye lo que llevas del año mientras la información todavía está fresca y localizable.
- Revisa que sigues cumpliendo el resto de los supuestos del régimen, no solo el de ingresos. Los requisitos de permanencia en RESICO 2026 van más allá del monto.
Este es el trabajo invisible de un despacho que sirve: no la declaración de enero, sino el semáforo de julio que evita el susto de diciembre.
Un límite fiscal no avisa cuando lo cruzas. Simplemente lo cruzas, y te enteras cuando ya no hay margen para prepararte. La diferencia entre una empresa tranquila y una en apuros a fin de año casi nunca es contable: es de calendario.
Preguntas frecuentes
¿Las personas morales en RESICO deben presentar DIOT en 2026?
No, siempre que se mantengan en los supuestos del régimen y no rebasen los 35 millones de pesos de ingresos anuales. La RMF 2026 las relevó de la DIOT y de la contabilidad electrónica durante el ejercicio.
¿Qué pasa si rebaso los 35 millones a mitad del año?
Sales de los supuestos del régimen y regresan las obligaciones. El problema no es el trámite: es que la contabilidad electrónica exige registros desde el inicio del ejercicio, y eso no se improvisa en diciembre.
¿Cómo sé si voy a rebasar el tope antes de que pase?
Proyectando. Toma tus ingresos acumulados a junio, anualízalos y compáralos contra los 35 millones. Si vas arriba del 50% del tope a mitad de año, empieza a prepararte ya.
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